LA PRIMERA ENMIENDA, LAS LEYES LABORALES FEDERALES, Y LAS CUOTAS SINDICALES FORZOSAS —

El propósito de esta guía es ayudar a los empleados que tengan objeciones religiosas a unirse a un sindicato o apoyarlo económicamente, a que entiendan sus derechos según el Título VII. La Fundación Nacional de Defensa Legal para el Derecho al Trabajo ha financiado un sinnúmero de litigios, los cuales han establecido los derechos de los empleados bajo la Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo y la Ley de Trabajo en Ferrocarriles. Aunque no era el propósito de estos litigios proteger a los objetores religiosos, resulta que estos casos proveen protección para ciertos tipos de creencias religiosas.

Tome en cuenta el ejemplo de un sindicato que está involucrado en actividades que van en contra de las creencias religiosas de Fulano el Creyente. Previamente en esta Guía, se le pidió al objetor religioso que considerara la pregunta: “¿Qué eliminaría el conflicto [entre sus creencias religiosas y el requisito de unirse a un sindicato o apoyarlo económicamente]?” Las creencias religiosas varían, y es posible que Fulano el Creyente pueda trabajar con una conciencia limpia si se le permite simplemente renunciar a su membresía en el sindicato. Si eso no es suficiente, a lo mejor renunciar a su membresía en el sindicato y no apoyar económicamente la actividad ofensiva del sindicato mantendrá limpia la conciencia de Fulano.

Los abogados de La Fundación Nacional de Defensa Legal para el Derecho al Trabajo han ganado casos en el Tribunal Supremo de los Estados Unidos bajo la Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, 1 la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo,2/a> y la Ley de Trabajo en Ferrocarriles, 3 estableciendo de esta manera los derechos de todos los empleados (no solamente de los objetores religiosos) a renunciar a un sindicato y solo pagar una comisión limitada de agente al sindicato. La comisión de agente es la porción proporcional (pro rata) que le toca pagar al empleado por los gastos de la negociación colectiva del sindicato. Es realmente posible que la actividad ofensiva del sindicato no sea un gasto de negociación colectiva,4 o que la reducción neta en la cantidad que le pague al sindicato libere la conciencia del empleado de estar financiando ciertas actividades.

Está más allá del alcance de esta guía el analizar cómo un empleado puede hacer valer estos derechos constitucionales y legales. Sin embargo, estos derechos se analizan en otras partes de este sitio Web.

LEYES ESTATALES DEL DERECHO AL TRABAJO Y CUOTAS SINDICALES FORZOSAS–

Esta guía no estaría completa si no mencionara el papel enorme que juegan las leyes estatales de Derecho al Trabajo para proteger a los empleados que tengan objeciones religiosas para unirse o apoyar económicamente a los sindicatos. En esos veintidós estados donde se han aprobado leyes de Derecho al Trabajo, 5 los empleados están completamente libres de renunciar, unirse o apoyar económicamente a un sindicato.6 Como resultado, los empleados que tienen objeciones religiosas a unirse a un sindicato o apoyarlo económicamente están amparados por estas leyes estatales, y están completamente libres de seguir los dictados de su conciencia sin necesidad de recurrir a litigación bajo el Título VII.

OTRAS FUENTES DE PROTECCIÓN-

Las constituciones estatales, las leyes estatales en contra de la discriminación y las normas locales son otras fuentes de posible protección para las creencias religiosas

LO QUE PUEDE HACER EN UNA EMERGENCIA–

Ni la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de Empleo ni la mayoría de los tribunales actuarán muy rápidamente para resolver un caso de un objetor religioso. (Ellos no resuelven ningún caso rápidamente.) Es mucho mejor, desde el punto de vista económico y legal, pelear los temas analizados en esta guía mientras el objetor legal aún tiene su empleo.

Por lo menos, busque una solución provisional que le ayude a mantener su conciencia limpia mientras pelea estos asuntos. Solo usted puede decidir qué es lo que su conciencia le permite, pero hay varias soluciones provisionales posibles.

Primero, las decisiones del Tribunal Supremo relativas a los empleados que se oponen a la cantidad de la cuota del sindicato, le requieren al sindicato que permita que las cuotas en cuestión se mantengan en reserva hasta que se resuelva la cantidad adecuada para la cuota. Si usted tiene objeciones religiosas a pagar cuotas sindicales, una solución provisional podría ser depositar sus cuotas en una cuenta de reserva hasta que su caso se resuelva.

Una segunda posibilidad en una situación de cuotas sindicales es pagarlas bajo protesta (anote “pagada bajo protesta” en su cheque y envíe una carta con el cheque que explique que el dinero se pagó bajo protesta únicamente para conservar su empleo).

Las demás posibilidades están limitadas solo por la imaginación del objetor religioso y la voluntad del empleador o del sindicato a llegar a un acuerdo. Piense en una solución provisional y simplemente pídale a su empleador o sindicato que la acepten de manera provisional hasta que la EEOC llegue a una determinación.

En cuanto usted vea señales de que su empleo peligra, debería contactar a un abogado, a la Fundación o a la EEOC, para que se puedan tomar pasos para proteger su empleo. A veces, el simple hecho de saber que un objetor religioso tiene asistencia legal hará que el empleador y el sindicato sean cautelosos.

QUÉ HACER SI AÚN TIENE PREGUNTAS–

Si después de haber leído esta guía todavía tiene preguntas acerca de sus derechos bajo el Título VII de estar separado de un sindicato, puede hacer clic aquí para enviarle un mensaje al personal legal de la Fundación, o bien puede comunicarse con la Fundación Nacional de Defensa Legal para el Derecho al Trabajo al (800) 336-3600 ó (703) 321-8510. También puede mandar sus preguntas a la Fundación por fax al (703) 321-9319. La dirección de la Fundación es:

8001 Braddock Road
Springfield, Virginia 22160

El abogado de la Fundación que más se encarga de las cuestiones sobre libertad religiosa es Bruce N. Cameron.

También puede comunicarse con la oficina regional más cercana de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de Empleo (EEOC por sus siglas en ingles) llamando al (800) 669-EEOC. En este número le darán información acerca de dónde puede encontrar las oficinas regionales de la EEOC. También puede comunicarse con un abogado local que tenga conocimiento de esta área de la ley.

Si usted tiene un problema en su trabajo que haya surgido a causa de sus creencias religiosas pero que no esté relacionado con el sindicalismo forzoso, no debería de comunicarse con la Fundación. En su lugar, debería comunicarse con la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de Empleo, un abogado local o una de las fundaciones que ayude con la discriminación religiosa en general. Si le interesa saber más acerca de cualquiera de las leyes en su estado que protejan las creencias religiosas, comuníquese con la agencia estatal que se encarga de los derechos civiles y humanos o con un abogado local.

1 Abood v. Detroit Board of Education, 431 U.S. 209 (1977). (regresar al texto)

2 Communications Workers v. Beck, 487 U.S. 735 (1988) (regresar al texto.)

3 Ellis v. BRAC, 466 U.S. 435 (1984). (regresar al texto.)

4 Lehnert v. Ferris Faculty Association, 500 U.S. 507 (1991), y los casos citados ahí dentro dan una idea de los tipos de gastos que se consideran que están dentro del ámbito de la “negociación colectiva”. (regresar al texto.)

5 Estos veintidós estados son: Alabama, Arizona, Arkansas, Florida, Georgia, Idaho, Iowa, Kansas, Louisiana, Mississippi, Nebraska, Nevada, North Carolina, North Dakota, Oklahoma, South Carolina, South Dakota, Tennessee, Texas, Utah, Virginia, and Wyoming. (regresar al texto.)

6 Existe una excepción para los empleados que trabajan en una industria gobernada por laLey de Trabajo en Ferrocarriles y los empleados que estén trabajando en un enclave federal. (regresar al texto.)