Pregunta: Si trabajo en un estado con Derecho al Trabajo, ¿puedo renunciar a mi membresía en el sindicato y evitar que se sigan cobrando cuotas de mi salario?

Respuesta: Si principalmente trabaja en un estado con Derecho al Trabajo, excepto en propiedad federal o para un ferrocarril o una aerolínea, tiene el derecho de renunciar a su membresía en el sindicato y a no pagar cuotas o tarifas sindicales.

Los empleados que trabajan en propiedad federal pueden o no estar protegidos por la ley de Derecho al Trabajo de sus estados, de acuerdo a circunstancias específicas. Los empleados que trabajan para un ferrocarril o una aerolínea no están protegidos por las leyes de Derecho al Trabajo.

En Pattern Makers v. NLRB, 473 U.S. 95 (1985), el Tribunal Supremo de los Estados Unidos decidió que los miembros del sindicato tienen el derecho de renunciar a su membresía en el sindicato en cualquier momento.

Por supuesto que la decisión de renunciar es completamente suya. Como un no miembro en un estado con Derecho al Trabajo, usted tiene el derecho de descontinuar todos los pagos al sindicato, y no estará sujeto a las reglas del sindicato ni a la disciplina interna. Por ejemplo, los que no son miembros no están sujetos a las reglas sindicales en contra de trabajar durante una huelga. Si es miembro del sindicato y trabaja durante una huelga, el sindicato podría imponerle una multa y cobrar esa multa en un tribunal estatal.

Si renuncia a su membresía en el sindicato y revoca su autorización de deducción de cuotas sindicales, el sindicato tiene que seguir representándolo en forma justa y sin discriminación respecto a todos los asuntos sujetos a la negociación colectiva, y no se le puede negar ninguna prestación de acuerdo con el contrato laboral con su empleador debido a no ser miembro.

Por otro lado, como no miembro, usted no tendría el derecho a votar en la ratificación del contrato ni en la elección de funcionarios del sindicato, y puede haber prestaciones otorgadas bajo el acta constitutiva del sindicato que no estén disponibles a los que no son miembros. Esas prestaciones pueden incluir seguir participando en el plan de jubilación para miembros solamente. (Su participación en un plan de pensión financiado por su empleador o financiado conjuntamente con su empleador, que se otorga como una prestación al empleado, no puede ser afectada negativamente por no ser miembro del sindicato.)

En un estado con Derecho al Trabajo, puede renunciar a su membresía en el sindicato simplemente enviándole una carta escrita a su sindicato declarando que está renunciando con efecto inmediato. Debería verificar en el acta constitutiva y los estatutos para ver si tienen disposiciones que especifican a quién se le debe presentar la renuncia. Dichos requerimientos se han sostenido en los tribunales y en la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo (NLRB por sus siglas en inglés).

Si ha autorizado un descuento de nómina para las cuotas sindicales y desea revocar esa autorización, también debería notificarle al sindicato y a su empleador que desea revocar esa autorización. Es posible que el formulario para la autorización de deducción de cuotas sindicales que firmó tenga una restricción en cuanto al periodo para revocarla. La validez de la restricción después de su renuncia depende del lenguaje exacto que contenga el formulario. Aunque renuncie a su membresía en un estado con Derecho al Trabajo, es posible que tenga que esperar hasta que pase un "espacio de tiempo&quot designado para poder revocar la autorización de deducción de cuotas sindicales. Revise cuidadosamente el lenguaje de la autorización de deducción de cuotas sindicales especifica que firmó y contacte a la Fundación si tiene alguna pregunta sobre su significado o su posibilidad de revocarla inmediatamente en un estado con Derecho al Trabajo.

Si decide renunciar y revocar su autorización de deducción de cuotas sindicales, conserve copias de sus cartas para sus archivos. Debería mandar dichas cartas por medio de correo certificado con acuse de recibo para que el sindicato y su empleador no puedan decir que no las recibieron. Si su sindicato o empleador se rehúsan a aceptar su renuncia o su revocación de las cuotas, debería comunicarse con la Fundación inmediatamente si desea ayuda.

Si su sindicato o empleador no le permiten renunciar, tendría el derecho a presentar un cargo de prácticas injustas del trabajo en contra de la(s) parte(s) rehusante(s) ante la oficina regional más cercana de la NLRB. Sin embargo, debe ser consciente de que los reclamos concernientes a la conducta que ocurrió más de seis meses antes de la presentación de cargos pueden haber prescrito, así que es importante presentar los reclamos con prontitud.

La intención de esta información no es recomendarle que renuncie a su sindicato, ni que revoque su autorización de deducción de cuotas sindicales. La intención es simplemente explicarle sus derechos legales en este tipo de situación.

Haga clic aquí si desea ver una muestra de una carta para renunciar a su sindicato y revocar la autorización de deducción de cuotas sindicales.


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