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Guardia de transporte armado de San Juan le solicita a junta laboral que elimine la controversial práctica de obstaculizar el voto de los trabajadores a favor de remover un sindicato

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Los oficiales sindicales están haciendo uso de la “prohibición de contrato” para atrapar a un empleado y sus colegas en las filas del sindicato a pesar de una petición válida por parte de los empleados buscando una elección por voto secreto

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San Juan, PR (8 de enero de 2021) – Un guardia basado en San Juan y empleado por Ranger American Armored Services acaba de radicar un Recurso de Revisión a la Junta Nacional de Relaciones Laborales (NLRB) en Washington, D.C. Su recurso solicita que la Junta completa acoja su caso en busca de una elección de voto secreto supervisada por la NLRB para remover de su lugar de trabajo a la Unión de Profesionales de la Seguridad Privada y Transporte de Valores. El recurso de revisión se radicó con asistencia legal gratuita de los abogados de la Fundación Nacional de Defensa Legal del Derecho al Trabajo.

El guardia, Edwin Román, le solicita a la NLRB que revise la decisión del Director Regional de detener las elecciones basándose en la “prohibición de contrato”, una política no fundamentada en la ley de la NLRB que le prohíbe por tres años a los empleados ejercer su derecho a descertificar un sindicato impopular una vez que el patrono y los jefes sindicales hayan finalizado un contrato de convenio colectivo. La “prohibición de contrato” no está en el texto de la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA), la ley federal que la NLRB está encargada de hacer valer. Tal como plantea el Recurso de Revisión de Román, la misma debe eliminarse porque solo sirve para atrincherar a los jefes sindicales a pesar de que la NLRA garantiza explícitamente a los trabajadores el derecho a celebrar elecciones secretas para “descertificar” a los sindicatos a los que se opone una mayoría.

Tal como se detalla en el Recurso de Revisión, en el día 18 de noviembre de 2020, Román radicó una petición firmada por el número requerido compañeros de trabajo necesarios para convocar una elección de descertificación mediante voto secreto en du lugar de trabajo supervisada por la NLRB. El Recurso de Revisión enumera la oposición a la “representación del sindicato, su contrato y su requisito” de que los empleados paguen cuotas a los jefes sindicales o sean despedidos como razones por las que Román presentó la petición con el apoyo de sus colegas. En aquel entonces, Román y sus compañeros de trabajo ya habían estado trabajando bajo el actual contrato de negociación de monopolio durante aproximadamente un año.

El 21 de diciembre de 2020, el director de la Región 12 de NLRB en Tampa, Florida, desestimó la petición de Román a solicitud de los oficiales sindicales, alegando que la “prohibición de contrato” impide este intento de descertificación. Esto llevó a Román a apelar su caso ante el pleno de la NLRB.

El Recurso de Revisión de Román señala que la prohibición de contrato “no cuenta con fundamento en el texto de” la NLRA, y que las interpretaciones originales de la ley por parte de la NLRB favorecían “la libertad total de asociación y excluían cualquier prohibición de contrato.” Según el Recurso de Revisión, la prohibición del contrato solo se produjo como resultado de decisiones posteriores favorables a los jefes sindicales por parte de la Junta.

El recurso también sostiene que la “prohibición del contrato contradice los establecidos ‘principios fundamentales de la libre elección de los empleados y la regla de la mayoría’ de la [NLRA]” al permitir que un sindicato obligue a representar a los empleados “incluso frente a evidencia objetiva demostrando que el sindicato ha perdido el apoyo de la mayoría.” También señala que la única restricción al derecho de los trabajadores a celebrar una elección de descertificación que en realidad establece la NLRA es la “prohibición” de un año después de una elección, lo que hace que la “prohibición de contrato” no estatutaria de tres años sea una restricción particularmente repugnante en cuanto a los derechos de los trabajadores en virtud de la ley.

Román y sus colegas no son los únicos empleados que luchan, con asistencia legal de la Fundación, por la eliminación de la prohibición de celebrar una elección de desertificación debido a la existencia de un contrato. Oscar Cruz Sosa, empleado de Mountaire Farms en Delaware y sus compañeros de trabajo están actualmente esperando que la NLRB se pronuncie sobre su caso impugnando intentos similares de los jefes sindicales de United Food and Commercial Workers (UFCW) de entorpecer el derecho de los empleados a descertificar al sindicato.

En ese caso, los funcionarios de la UFCW, a pesar de recibir una decisión de un director regional de la NLRB permitiendo el voto exigido por los empleados, ya que el contrato de convenio colectivo contenía una cláusula inválida de cuotas compulsorias, todavía alegan que la “prohibición de contrato” debe aplicarse y que los votos ya emitidos por los trabajadores de Mountaire deben ser descartados. Cuando el sindicato le solicitó al pleno de la NLRB que revisara la orden de la Región, Cruz Sosa presentó un escrito argumentando que, si la Junta concedía la revisión, debería aprovechar la oportunidad para revisar toda la política de “prohibición de contratos” que carece de fundamento en ley, cosa que está haciendo la Junta.

“La ‘prohibición de contratos’ socava uno de los objetivos fundamentales de la legislación laboral federal: la libre elección de los empleados. Hace que los empleados sean presos de un sindicato impopular, simplemente porque los jefes del sindicato y un patrono firmaron un contrato entre ellos,” comentó el presidente de la Fundación Nacional para el Derecho al Trabajo, Mark Mix. “Esto inevitablemente crea un ambiente en el que, tal como el Sr. Román y sus compañeros de trabajo ciertamente pueden dar fe, es imposible responsabilizar a los jefes sindicales egoístas porque por tres años se les niega a los trabajadores el derecho a votarle en contra al sindicato.”

4 Jan 2021

Trabajadores de la Universidad de Puerto Rico solicitan una orden de injunction preliminar para detener las amenazas de los funcionarios sindicales a beneficios de salud

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Los funcionarios sindicales amenazaron con despojar beneficios de salud a menos que los empleados “autorizaran” años de deducciones ilegales de cuotas sindicales

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San Juan, PR (31 de diciembre de 2020) – Empleados de la Universidad de Puerto Rico (UPR) presentaron una moción de injunction preliminar contra funcionarios del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Puerto Rico. La moción surge como parte de un pleito de acción de clase de los empleados contra funcionarios universitarios y sindicales por incautar ilegalmente cuotas de los cheques de nómina de los trabajadores sin autorización.

José Ramos y Orlando Méndez originalmente radicaron su demanda de acción de clase en mayo de 2020 con asistencia legal gratuita de los abogados de la Fundación Nacional del Derecho al Trabajo. La demanda sostiene que los funcionarios sindicales y universitarios están infringiendo sus derechos según reconocidos en la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de Janus v. AFSCME, ganada por la Fundación en el 2018. En Janus, el Tribunal Superior dictaminó que exigirles a los empleados públicos que paguen cuotas sindicales como condición de empleo viola la Primera Enmienda y sostuvo además que las cuotas sindicales solo se le pueden cobrar a los empleados públicos tras una renuncia afirmativa del derecho a no pagar.

Méndez y Ramos han sido empleados por la Universidad como trabajadores de mantenimiento desde 1997 y 1996, respectivamente. A partir de entonces, de acuerdo con la demanda, los oficiales universitarios y sindicales “han considerado a Ramos y Méndez como miembros del Sindicato” y se han incautado de cuotas de sus cheques de nómina, a pesar de que nunca firmaron un formulario de autorización de afiliación sindical o de deducción de cuotas.

El 29 de diciembre de 2020, la demanda fue enmendada para incluir dos nuevos demandantes y para específicamente retar un intento reciente de los funcionarios sindicales de obligar a los trabajadores universitarios a firmar un documento que autoriza retroactivamente todas las cuotas descontadas previamente y consintiendo a un número sin especificar de deducciones futuras. Según la demanda, los empleados que no cumplieran con las exigencias de los líderes sindicales perderían el acceso al plan de salud proveído por el patrono y administrado por el sindicato.

El 30 de diciembre, los demandantes solicitaron una orden de injunction preliminar para detener los esfuerzos de los líderes sindicales de obligar a los empleados a elegir entre perder su seguro médico y autorizar retroactivamente las deducciones de cuotas sindicales descontadas en violación de sus derechos. El pedido también solicita al Tribunal que detenga y revierta los esfuerzos sindicales para cancelar el seguro médico de los empleados que se negaron a renunciar a sus derechos de la Primera Enmienda.

Cuando el Tribunal considere su demanda de acción de clase, los empleados argumentarán que los oficiales sindicales y universitarios violaron la Primera Enmienda al confiscar las cuotas de los cheques de nómina de los empleados sin autorización escrita y al exigir que los empleados se conviertan en miembros plenos del sindicato en violación de un precedente establecido. La demanda busca además una orden que prohíba la ejecución de los esquemas inconstitucionales, al igual que una orden requiriéndole al sindicato que reembolse a los empleados las cuotas que fueron incautadas ilegalmente “dentro del … plazo de prescripción de 15 años por incumplimiento de contrato.”

“Los líderes del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Puerto Rico se han salido con las suyas por años al incautar cuotas de los bolsillos de aquellos a quienes dicen representar sin antes haber obtenido su permiso”, dijo Mark Mix, presidente de la Fundación Nacional del Derecho al Trabajo. «Ahora, en lugar de buscar el apoyo voluntario de los trabajadores, están amenazando con quitarle el plan médico a cualquiera que no cumpla con sus exigencias mientras intentan encubrir años de deducciones inconstitucionales de cuotas sindicales».

“Esperamos que el Tribunal actúe rápidamente y otorgue el injunction preliminar para detener las acciones descaradamente inconstitucionales de los líderes sindicales”, agregó Mix.

28 Dec 2020