[In English]

Aún cuando una ley estatal o el contrato entre su patron público y la unión contenga una provisión requiriéndole el pago de cuotas sindicales como no afiliado a la unión, usted no está bajo obligación alguna de pagar tales cuotas porque tal cosa sería inconstitucional según la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en Janus v. AFSCME.

No obstante, si usted firmó una hoja autorizando el descuento de cuotas, tal autorización podría contener una restricción en torno a cuándo puede ser revocada. En dicho caso, usted debe solicitar asistencia de un abogado de la Fundación para examinar si la restricción puede ser sostenida legalmente.

Si desea ver un ejemplo de una carta de renuncia de la unión revocando una autorización previa para el descuento de cuotas, oprima aquí. Su usted decide revocar la autorización dada previamente para el descuento de cuotas, conserve copias de sus cartas para sus récords. Debe enviar dichas cartas por correo certificado con acuse de recibo, para que así la unión y el patrono no puedan alegar que nunca las recibieron.

Si la unión y/o el patrono no honran su renuncia y/o revocación de la autorización para decontar cuotas, debe contactar a la Fundación inmediatamente si desea asistencia. Puede haber un tiempo límite para reclamar sus derechos, por lo que es imperativo actuar prontamente.


Si desea enterarse más acerca de sus derechos legales como empleado del gobierno estatal o local, haga clic en la pregunta adecuada de las siguientes: